Consejo Nacional de Estancias Infantiles CONDEI

El Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI), es una institución creada conforme al artículo No. 137 de la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, según la misma ley antes mencionada, CONDEI es la entidad pública que tiene a su cargo las siguientes funciones:

a) Formular las Políticas, Normas y Procedimientos para la Creación, Diseño Construcción y/o Habilitación, Equipamiento y Operación de las Estancias Infantiles;

b) Elaborar y poner en ejecución un reglamento sobre financiamiento, gestión y supervisión de las Estancias Infantiles;

c) Elaborar proyectos y gestionar recursos internos y externos para extender y/o mejorar los servicios de las Estancias Infantiles;

d) Supervisar y evaluar las Estancias Infantiles para el constante mejoramiento de su desempeño;

e) Crear y supervisar Consejos de Estancias Infantiles regionales y provinciales con una estructura y composición similar al CONDEI central.

f) Coordinar sus actividades con el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS);

g) Velar por el cumplimiento de las Políticas, Planes de expansión y desarrollo y de las disposiciones adoptadas por el CONDEI y por CNSS.

Para el constante mejoramiento en la calidad de los servicios ofertados, que por definición de la misma ley en su art. 135 son los siguientes:

a) Alimentación apropiada a la edad y salud

b) Salud Materno-Infantil

c) Educación Inicial

d) Desarrollo psicosocial

e) Recreación

Así como lo define el artículo 138 el CONDEI está conformado por las siguientes instituciones:

a) Un representante del órgano rector del sistema de protección del niño, niña y adolescente, quien lo presidirá.

b) El Subsecretario de asuntos sociales de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS).

c) Un (a) representante del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS)

d) Un (a) representante de la Secretaría de Estado de Educación (SEE).

e) Un (a) representante de la Secretaría de Estado de Trabajo (SET).

f) Un(a) representante de la Secretaría de Estado de la Mujer (SEM).

g) El presidente del Consejo Nacional de La Niñez (CONANI) y/0 quien dirija la institución encargada de la niñez por el Poder Ejecutivo, quien presidirá dicho consejo.

En la sesión del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) celebrada el 27 de septiembre del 2001, mediante resolución 8-04, se sugirió al CONDEI, la integración de la Sociedad Dominicana de Pediatría, de un representante de los trabajadores, de uno de los empleadores, como asesores activos con voz pero sin voto, sugerencia acogida, llevando a diez el número de miembros del Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI).

El Secretario Ejecutivo del CONDEI, es designado por el presidente del Consejo Directivo, el cual tendrá a su cargo la dirección de dicha institución y deberá rendir ante en dicho consejo, un informe de las actividades o ejecutorias realizadas por la institución cada seis (6) meses, tiempo en que se reúne la directiva.

MISIÓN Garantizar la calidad de los servicios de la atención integral que reciben los niños y las niñas en las Estancias Infantiles mediante la habilitación, la supervisión estrecha y la evaluación periódica regular.

VISIÓN Ser referente nacional e internacional en la regulación y supervisión de los servicios de Estancias Infantiles en el marco de la garantía de derechos de la Primera Infancia.

NUESTROS VALORES Transparencia: Mantenemos una actitud abierta para mostrar nuestras actividades, nuestros logros y oportunidades de mejora. Para ello hacemos periódicamente rendición de cuenta y facilitamos con diligencia cualquier información que se nos solicitare.

Equidad: A través de nuestra decisiones aseguramos ser justos dando a cada quien según sus necesidades.

Eficiencia: Alcanzamos los resultados deseados con la menor cantidad de recursos posibles.

Calidad: Todo lo que hacemos está orientado a satisfacer las expectativas de nuestroS usuarios, de nuestros colaboradores y de todos nuestros relacionados.